La empresa precisó que la medida protege una propiedad privada y no bloquea el acceso público a la playa, que permanece disponible por la vía establecida judicialmente.

Cabarete, Puerto Plata.– Representantes legales de Inversiones Calpe, S.R.L., empresa representada por el inversionista estadounidense Lance B. Lundberg, dieron cumplimiento a sentencias judiciales mediante la colocación de pilotillos en terrenos de su propiedad ubicados en Playa Encuentro, Cabarete.

La empresa afirmó que los pilotillos se colocan dentro del perímetro de su propiedad y no afecta el derecho colectivo de acceso y disfrute de Playa Encuentro. Informó, asimismo, que ha acondicionado espacios de sus terrenos para estacionamiento público y ha dispuesto baños, duchas y servicios de seguridad para los visitantes.

Estas facilidades contribuyen a organizar el ingreso, evitar la circulación de vehículos sobre áreas sensibles y proteger las condiciones naturales de la playa. Calpe llamó a las autoridades y a los usuarios de Playa Encuentro a respetar tanto el carácter público de la playa como los derechos de propiedad reconocidos por decisiones judiciales definitivas.

La colocación de los pilotillos se sustenta en la sentencia número 0030-1643-2025-SSEN-00312, dictada el 30 de abril de 2025 por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA). La decisión ordenó el cumplimiento efectivo de una sentencia anterior y dispuso que las autoridades permitieran a los propietarios cercar la parcela 1-Ref-13 del Distrito Catastral núm. 2 de Puerto Plata, “sin ninguna traba ni obstáculo”.

El fallo ordenó también el cese inmediato de las intromisiones en la propiedad privada, el retiro de los letreros instalados dentro del inmueble y la corrección de aquellos colocados en zonas aledañas que ofrecieran información errónea sobre los caminos y accesos a Playa Encuentro.

La decisión judicial estableció, además, que el acceso al área de dominio público de la playa no debe realizarse atravesando la propiedad de Calpe, debido a que existe un camino público reconocido para esos fines.

Se recuerda que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por los ministerios de Turismo y Medio Ambiente y Recursos Naturales contra la sentencia del TSA del 30 de abril de 2025.

La decisión de la Suprema Corte, identificada como SCJ-TS-25-4322 y dictada el 18 de diciembre de 2025, dejó vigente el mandato que permite cercar el inmueble y exige a las instituciones públicas abstenerse de ingresar en la propiedad sin autorización de sus legítimos propietarios.

El fallo del TSA había condenado, además, al Ministerio de Turismo, al Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (Ceiztur), a la Armada de República Dominicana, al Ministerio de Defensa, al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Servicio Nacional de Protección Ambiental (Senpa) al pago de una astreinte  por cada día de retraso en la ejecución de la decisión, una vez vencido el plazo establecido después de su notificación.

Esta disposición fue adoptada luego de que las autoridades no ejecutaran íntegramente la sentencia núm. 0030-1643-2024-SSEN-00889, emitida el 13 de noviembre de 2024 por la Quinta Sala del TSA.

Esa decisión ordenó el cese de la intromisión en la propiedad privada, el retiro de los letreros levantados dentro del inmueble y la corrección de las señalizaciones colocadas en zonas aledañas que ofrecieran indicaciones incorrectas sobre los accesos a Playa Encuentro.

Calpe explicó que el cercado ejecutado actualmente responde a esos mandatos judiciales y tiene como finalidad delimitar y proteger la propiedad privada, impedir el tránsito por caminos no autorizados y garantizar que el ingreso a Playa Encuentro se realice por el acceso público establecido por los tribunales.

Calpe llamó a las autoridades y a los usuarios de Playa Encuentro a respetar tanto el carácter público de la playa como los derechos de propiedad reconocidos por decisiones judiciales definitivas.

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