La acción sostiene que la aseguradora estatal incumplió decisiones judiciales que ordenaban cubrir una radioyodoterapia indicada tras un diagnóstico de cáncer de tiroides

Santo Domingo.– El abogado y paciente oncológico Ariel Roberto Contreras Medos interpuso una demanda en responsabilidad patrimonial contra el Seguro Nacional de Salud (SENASA) y su director ejecutivo, Edward Guzmán Padilla, por la presunta negación y posterior demora en la cobertura de un tratamiento indicado para atender un carcinoma papilar de tiroides.

La acción fue presentada ante el Tribunal Superior Administrativo y plantea que la actuación de la aseguradora estatal habría comprometido los derechos fundamentales a la salud, la vida, la dignidad humana y la tutela judicial efectiva.

De acuerdo con el expediente, Contreras Medos fue diagnosticado en diciembre de 2024 con carcinoma papilar de tiroides y sometido posteriormente a una tiroidectomía total en CEDIMAT. El análisis de la glándula extraída habría confirmado la presencia de un carcinoma papilar clásico con invasión de la cápsula tiroidea.

Ante esos resultados, especialistas en endocrinología y medicina nuclear le indicaron una terapia ablativa con yodo radiactivo I-131, en una dosis de 100 milicurios, para eliminar posibles células malignas residuales y reducir el riesgo de recurrencia o diseminación de la enfermedad.

SENASA negó inicialmente la cobertura

Según la demanda, el paciente presentó ante SENASA la indicación médica, los estudios clínicos y el presupuesto correspondiente al procedimiento. Sin embargo, el 3 de febrero de 2025 recibió una comunicación en la que la institución informaba que la radioyodoterapia no estaba incluida en su plan de servicios y que, por tanto, no podía ser cubierta.

La parte demandante sostiene que esta negativa obligó al paciente a acudir a la justicia mediante una acción de amparo de extrema urgencia, mientras el tratamiento era pospuesto y se prolongaba el proceso de preparación médica.

El expediente afirma que las demoras obligaron al paciente a mantenerse bajo una terapia hormonal provisional y una dieta restringida en yodo por un período superior al inicialmente previsto, situación que, según la acción, le produjo afectaciones físicas, emocionales, cognitivas y profesionales.

Tribunal ordenó cubrir el tratamiento

El 24 de febrero de 2025, la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo ordenó a SENASA cubrir el 80 % de la radioyodoterapia e impuso una sanción económica diaria por cada día de incumplimiento.

La demanda señala que, pese a esta decisión, la cobertura no fue autorizada de manera inmediata, lo que provocó nuevas actuaciones judiciales, liquidaciones de astreintes y recursos ante el Tribunal Constitucional y la Suprema Corte de Justicia.

De acuerdo con los documentos, tanto el Tribunal Constitucional como la Suprema Corte rechazaron acciones interpuestas por SENASA para suspender o impugnar la ejecución de las decisiones favorables al paciente.

La parte accionante sostiene que la institución mantuvo una conducta de incumplimiento continuado y que el afectado tuvo que recurrir incluso a medidas de ejecución forzosa para procurar el cumplimiento de las sentencias.

Reclaman responsabilidad patrimonial del Estado

La demanda argumenta que los hechos configuran un funcionamiento anormal de la Administración pública y una falta de servicio, al considerar que una institución estatal no solo habría negado inicialmente un tratamiento médico, sino que también habría retrasado su autorización pese a la existencia de decisiones judiciales ejecutorias.

La acción solicita que el tribunal establezca la responsabilidad conjunta de SENASA y de los funcionarios señalados, así como la reparación de los daños materiales, morales, psicológicos, biológicos y profesionales alegadamente sufridos por el paciente.

En paralelo, Contreras Medos presentó una querella con constitución en actor civil ante la Fiscalía del Distrito Nacional contra exfuncionarios de SENASA y otras personas vinculadas al sector privado. En esta instancia solicita que los hechos sean investigados y valorados dentro del expediente denominado Operación Cobra.

Los abogados del accionante solicitaron a las autoridades determinar si la negativa y las demoras denunciadas obedecieron a decisiones administrativas aisladas o si guardan relación con irregularidades más amplias en la gestión de los servicios de salud.

Las alegaciones contenidas en la demanda y en la querella deberán ser conocidas por las autoridades competentes, respetando el debido proceso, el derecho de defensa y la presunción de inocencia de las personas señaladas.

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